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Aprueban beneficios para afiliados de IPROSS con celiaquía

La Junta de Administración del IPROSS aprobó, por Resolución Nº 82/2015, otorgar beneficios de cobertura médica y social para los afiliados que padecen celiaquía, como también a aquellos que buscan prevenir la enfermedad con distintas acciones.

Fecha: 13 de marzo de 2015

El trabajo del equipo de salud preventiva de la obra social permitió la consagración de derechos de los afiliados del Instituto con la creación del circuito de módulos de diagnóstico, control, seguimiento y cobertura de los afiliados con sospecha de celiaquía o diagnóstico confirmado. En tal sentido, se dispuso que todo ciudadano que integra el sistema de salud deberá completar la planilla de control de criterios clínicos y serológicos con sospecha y registro de celiaquía “CeliaRed”.

La medida -rubricada por los vocales gremiales Pablo Barreno, Omar Pizzio y Marcelo Nervi; el gubernamental Andrés Battistuzzi y el titular la obra social, Luis Ayestarán- permite además reconocer las prácticas de detección, control y seguimiento de la enfermedad de celiaquía y también autoriza el Flujograma de Manejo perteneciente al Programa Nacional de Detección y Control de Enfermedad Celíaca del Ministerio de Salud de la Nación.

Desde la Junta de Administración se indicó que “todos los afiliados con la potencial patología tendrán acceso con cobertura de estudios, mientras que aquellos que ya confirmaron el diagnóstico, tendrán acceso a una cobertura social con el pago de $275 en concepto de bonificación alimentaria especial”.

Para acceder al módulo, el afiliado deberá presentar ante el médico auditor del IPROSS de su zona, con historia clínica detallada, la edad al inicio de signos y síntomas de sospecha, evolución clínica, tratamientos instaurados y respuestas a los mismos.

La auditoría médica entregará al afiliado la planilla de CeliaRed para ser completado por el médico de cabecera, más la lista de laboratorio específico para diagnóstico estudios autorizados.

En relación a las coberturas, las mismas serán del 80% a cargo de IPROSS, siguiendo el diagrama de flujo, con un 20% de coseguro a cargo del afiliado en todo lo incluido en el Módulo I (sospecha diagnosticada). Posteriormente con los resultados del laboratorio, más la planilla completada por el médico tratante y la continuidad de sospecha de la enfermedad, el auditor médico autorizará la cobertura según pautas establecidas.

La cobertura del 80% incluye la consulta médica por especialista de gastroenterología, esofagogastroduodeno y eyunofibroscopía con toma de biopsia para diagnóstico de certeza de enfermedad celíaca y con anatomía patológica.

La resolución establece también que el módulo de diagnóstico bajo anestesia general será reconocido y autorizado por médico auditor en niños de hasta 14 años.

También podrán incluirse en el presente módulo, con autorización previa del médico auditor de esta obra social, a afiliados de otras edades a quienes el gastroenterólogo justifique la imposibilidad de realizar la toma de biopsia sin anestesia.

Una vez confirmado el diagnóstico de celiaquía con anatomía patológica positivo, más la planilla de CeliaRed completada por el médico de cabecera, se procederá al Registro de Enfermos Celíacos, que debe ser llevado adelante en la Delegación de origen, con envío de copia mensual a la Casa Central de la capital provincial.

Cabe destacar que el seguimiento en cada afiliado incluye cuatro consultas con el médico de cabecera el primer año, dos consultas el segundo año y una consulta por año el resto de su vida.

En rubro de análisis de laboratorio se impuso, como control, uno por año y en el supuesto caso que el médico de cabecera, con historia clínica debidamente justificada, lo solicitara, se autorizarán dos por año.

La obra social cubrirá cada cinco años la búsqueda de “enfermedad intercurrente” (enfermedad tiroidea, reumática, autoinmunes, entre otras reconocidas por el Ministerio de Salud) con presentación de historia clínica del médico de cabecera y estudios solicitados a tal fin. En el supuesto caso que exista sospecha de enfermedad intercurrente antes de los cinco años, el médico auditor de la zona deberá evaluar el caso en particular y enviar informe para que autorice o no la prestación con cobertura del 80%.

Los afiliados podrán asesorarse sobre la enfermedad de celiaquía visitando el sitio web www.msal.gov.ar/celiacos del Ministerio de Salud de la Nación.

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