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Las entidades financieras no pueden retener por ingresos de subsidios extraordinarios

El Banco Central estableció que las entidades financieras no pueden retener por ingresos de subsidios extraordinarios.

Fecha: 15 de enero de 2020

Defensa del Consumidor de Río Negro ya detectó casos de incumplimiento por denuncias realizadas de ciudadanos afectados sobre las cuales se está trabajando para que se proceda con la devolución.

Aquellos, alcanzados por el Decreto 73/2019 del Gobierno Nacional, que recibieron subsidios extraordinarios no pueden sufrir descuentos por esos ingresos.

Las entidades financieras no pueden deducir de los subsidios extraordinarios ningún tipo de concepto, sea por operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros, tales como cuotas de préstamos otorgados con código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario, débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios y otros conceptos, etc.

Alcanza a jubilados, pensionados que cobran la mínima y beneficiarios de asignación universal por hijo.

 

¿Cómo saber si te descontaron?

Se debe ingresar a la cuenta bancaria donde se realizó el depósito del subsidio en diciembre de 2019.

Es importante guardar el ticket de esa consulta, sacarle una foto o imprimir el resumen de cuenta. Esta documentación es fundamental para iniciar el reclamo en Defensa del Consumidor.

 

¿Qué tenés que hacer si ya te descontaron?

Es necesario iniciar el reclamo lo antes posible en Defensa del Consumidor de la Provincia. Esto puede ser en la web www.defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar, escribiendo a defensaconsumidor@agencia.rionegro.gov.ar o de forma presencial en las oficinas de la Agencia de Recaudación y OMIC de toda la provincia. Es importante que al ingresar la denuncia presentes toda la documentación que tengas al respecto para agilizar el proceso.

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