El acuerdo apunta a mejorar la calidad en el acceso a la salud de las personas que se encuentran privadas de la libertad en servicios penitenciarios fomentando el armado de redes de atención intramuros y extramuros y propiciando estrategias de promoción, prevención y adherencia al cuidado integral de la salud en las unidades penitenciarias.
En este sentido, Delfino expresó que “firmamos un convenio trascendental dentro del marco de cooperación y de identificación de las políticas nacionales en general y particularmente en salud”.
El convenio incluye la posibilidad de generar acuerdos entre organismos provinciales con competencia en la temática para generar programas de capacitación para equipos de salud, agentes penitenciarios y personas privadas de la libertad.
De igual forma, el programa de Salud en Contextos de Encierro exige la creación de un sistema de información estratégica que incluya la vigilancia epidemiológica, el monitoreo y la evaluación de la calidad e impacto del programa a partir de la entrega de informes semestrales.
Las provincias que ya han generado acuerdos de articulación han propiciado capacitaciones para educadores que se desempeñan en servicios penitenciarios sobre promoción de la salud, adhesiones de las áreas de Justicia a las Pautas de acceso a la salud, capacitaciones en materia de prevención de cáncer cérvico uternino, VIH- SIDA, salud sexual procreación responsable y tuberculosis, entre otros temas.
También se han desarrollado encuestas de percepción de acceso a la salud en conjunto con universidades con la finalidad de recabar datos de base para el desarrollo de investigaciones y posterior diseño de políticas que garanticen el derecho a la salud.
La implementación del programa se fundamenta en que la circunstancia de que la persona se encuentre privada de la libertad no implica la supresión de derechos y garantías que hacen a la dignidad de las personas. Además, la ley 24.660 hace referencia a que los internos tienen derecho a la salud y en consecuencia deberá brindársele oportuna asistencia médica integral, no pudiendo ser interferida su accesibilidad a la consulta y a los tratamientos prescriptos, tampoco a estudios diagnósticos, tratamientos y medicamentos indicados.
El desarrollo de estas acciones contribuye a la mejora en la implementación de las políticas públicas en materia de prevención, tratamiento y rehabilitación, como al control y seguimiento de las patologías y/o enfermedades de las personas que estén o hayan estado en contexto de encierro