La obligatoriedad alcanza a los inscriptos en actividades de alojamiento, estaciones de servicio y servicios de comidas para consumo en el lugar y rotiserías, entre otras.
La Resolución, reglamentaria de la Ley Provincial N° 5053, especifica las actividades alcanzadas y cuales están excluidas, dispone la posibilidad de computar como crédito fiscal el costo de la instalación del equipo a cuenta del impuesto sobre los Ingresos Brutos y las situaciones especiales que ampara el marco legal.
De tal forma, a partir de este mes, el cuerpo de inspectores de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro comenzará a realizar fiscalizaciones y controles en los comercios de distintas localidades de la provincia para verificar el cumplimiento.
Para más información ingresar www.agencia.rionegro.gov.ar.