Gobierno de Río Negro
Lucha contra incendios

Emergencia Ígnea: qué está prohibido, qué está permitido y cómo cuidarnos

Se encuentra vigente el Decreto de Emergencia Ígnea 1004/25, que establece medidas específicas de prevención y uso del fuego en función del índice de peligro de incendios. En este marco, se refuerza la comunicación sobre el alcance del decreto y las restricciones que se aplican según el valor diario de dicho índice.

Fecha: 5 de enero de 2026
La Provincia recuerda las restricciones vigentes durante la Emergencia Ígnea.Crédito: Gobierno de Río Negro

El decreto se apoya en el índice de peligro de incendios, que se calcula todos los días con datos oficiales del Servicio Meteorológico Nacional correspondientes a las 12 del mediodía y se publica alrededor de las 13 horas. El valor del índice puede variar de un día a otro según las condiciones meteorológicas, por lo que es fundamental consultar diariamente el índice para conocer qué actividades están permitidas y cuáles no.

Existen prohibiciones que rigen de manera permanente, independientemente del valor del índice. No está permitido realizar fuego en espacios públicos como playas, senderos, veredas y sectores similares, ni efectuar quemas de ningún tipo, en ningún lugar.

Cuando el índice de peligro alcanza el nivel EXTREMO, la prohibición es total. En ese contexto, está prohibido hacer fuego en cualquier lugar de la jurisdicción de la provincia de Río Negro, sin excepción, incluyendo terrenos particulares, campings y espacios de uso recreativo, cualquiera sea su localización o modalidad.

En relación con las propiedades privadas, es importante remarcar que, cuando el índice es EXTREMO, el uso de fuego al aire libre no está permitido bajo ninguna circunstancia. Aun con fines recreativos, el fuego representa un riesgo elevado, por lo que actividades como el asado deben realizarse únicamente en espacios cerrados y seguros, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas para ese día.

Respecto a los denominados “lugares habilitados”, se aclara que el SPLIF no otorga habilitaciones. Su función es realizar inspecciones y emitir recomendaciones técnicas en el marco del decreto vigente, orientadas a reducir riesgos y mejorar las condiciones de seguridad.

En cuanto a las denuncias, por razones operativas y legales, estas deben realizarse únicamente a través de los canales oficiales: el 103 de Protección Civil o el 4437417 del SPLIF Bariloche. Las redes sociales y los teléfonos personales del personal no constituyen vías válidas para denunciar.

Se destaca el rol fundamental del radio operador, quien durante un incendio mantiene la comunicación permanente con los combatientes en el terreno y gestiona los recursos necesarios para responder a sus requerimientos operativos. Por este motivo, al comunicarse con el SPLIF es importante tener en cuenta que se trata de un número de emergencias: la comunicación debe ser clara, concreta y precisa.

Se solicita informar de manera concisa el motivo del llamado, indicar el lugar del hecho con la mayor exactitud posible y escuchar atentamente las consultas o indicaciones del radio operador. Cada segundo que la línea permanece ocupada impide realizar o recibir otras denuncias y puede afectar la coordinación operativa en el momento de la emergencia.

Por último, se recuerda que el SPLIF no investiga las causas de los incendios. Su rol se centra en la prevención operativa, la respuesta ante emergencias, la contención y el combate del fuego, mientras que la investigación de causas corresponde a otros ámbitos.

En este contexto, se pone en valor el trabajo preventivo que se viene desarrollando de manera sostenida, que incluye la difusión diaria del índice, la comunicación permanente a través de redes sociales y del canal oficial de WhatsApp, la articulación con distintos sectores para ampliar el alcance de la información, y las acciones territoriales de prevención.

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